Mediante la ordenanza 1990, aprobada el 4 de abril, se reglamentó y se le dio un marco institucional a la iniciativa que establece la necesidad de realizar un Censo de Población, Hogares y Viviendas en el ejido urbano y rural de Rincón de los Sauces, que se llevará a cabo en días y horas que serán establecidos por decreto del Poder Ejecutivo, con el objeto de conocer la cantidad de habitantes de la ciudad, la situación socio demográfica de los mismos y la infraestructura con la que cuentan.
La actividad será coordinada, ejecutada y supervisada por el Honorable Concejo Deliberante mediante la designación de las personas que éste determine. Esta fijará la fecha y pedirá el decreto correspondiente.
También el Deliberante autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir los convenios con las autoridades provinciales para llevar adelante esta actividad.
El Concejo asimismo, declaró “de interés público el Censo de Población, Hogares y Viviendas y la obligatoriedad de todos los vecinos de someterse a la actividad del Censo, bajo las faltas que el cuerpo deliberante determine”, según se incluye en su articulado.
Todos los participantes del Censo, tendrán una autorización con la Mención “Censo Rincón de los Sauces 2017”, la identificación del nombre, apellido y DNI y la mención de la presente Ordenanza.
Se considerará una falta contravencional el negarse a contestar las preguntas de la persona designada como censista, como asimismo a todo aquel que con cualquier acto u omisión entorpeciere el desarrollo de la actividad del Censo creada por esta norma, lo que será sancionado con una multa de 50 (cincuenta) Módulos.
Esto se regirá por el Código Procesal de faltas Ordenanza 1429. El Juzgado de Faltas podrá disponer el arresto de las personas que estuvieren entorpeciendo la actividad sin perjuicio de que fuere un delito penal ante lo cual realizará la denuncia correspondiente.
Para esta actividad se dispondrá un presupuesto de $600.000 que se asignan a la cuenta presupuestaria Censo Poblacional.
Entre los fundamentos para la realización del Censo, se señala “que para este Municipio es de interés realizar un censo de población, donde se aborde no solamente la cantidad de habitantes sino también la situación socio demográfica de cada sector de la ciudad.”
“Se han analizado alternativas, tales como un convenio con la Universidad Nacional del Comahue, mas también con la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia del Neuquén, considerándose conveniente a los intereses municipales llevarla adelante con esta última”, se aclara.
Además, la ordenanza elaboró un convenio marco para celebrar con la Dirección de Estadística y Censo de la provincia, donde se suscribirá un acuerdo de entendimiento y, en el Anexo I, se detallan las actividades pre - censales, censales y post censales.
En el convenio se detalla que se dispondrá de los recursos económicos para llevar adelante las actividades pre censales, el Censo propiamente dicho y las tareas post censales, que se estima aproximadamente en la suma de pesos seiscientos mil $600.000.
La Dirección de Estadísticas y Censo realizará las tareas de asistencia y supervisión técnica, asesoramiento y capacitación, desarrollo y diseño de programas para la ejecución del censo y cómputo de resultados, todo conforme al detalle del Anexo I que también suscriben las partes.
Además la dirección deberá presupuestar e informar con la debida antelación de los recursos necesarios para las actividades a efectos de cumplir con las normas legales de contratación y rendición de cuentas.
El organismo provincial también avalará los datos que resulten del Censo, en tanto se sigan las pautas metodológicas que ésta establezca.
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