
El diputado Eduardo Fuentes, del bloque Nuevo Encuentro-Frente Grande, presentó un proyecto de ley para establecer el Régimen de Licencia por Maternidad, Paternidad y Adopción unificado y remunerado para los y las trabajadores dependientes del Estado provincial en sus tres poderes.
La iniciativa amplía la licencia por maternidad a 210 días corridos, debiendo iniciarse con una antelación de treinta días a la fecha probable de parto. Mantiene la posibilidad de que, a solicitud de la interesada y con certificado médico autorizante, se modifique la fecha de inicio de la misma. En los casos de nacimiento pre término los 180 días corridos se comenzarán a contar luego del alta hospitalaria del recién nacido, y cuando la edad gestacional sea menor a las 32 semanas, se extenderá a 210 días corridos luego del alta. También establece ampliaciones en caso de nacimientos múltiples y en caso de malformaciones congénitas mayores.
En cuanto a la adopción, establece una licencia de 180 días corridos computados desde el día de la efectiva entrega de las personas adoptadas, y se extiende a 210 días si la adopción es múltiple. Si ambos son agentes dependientes del Estado sólo uno de ellos tomará la licencia.
La reducción horaria para la atención del lactante continúa siendo de una hora completa o dividida en dos medias horas, que se amplía a una hora más en caso de parto múltiple y que se concede por 365 días contados a partir de la culminación de la licencia prevista en la norma legal.
La licencia del agente cónyuge, conviviente o pareja, se extiende a 15 días corridos a partir de la fecha de nacimiento o del otorgamiento de la resolución judicial de guarda con fines de adopción, extendiéndose a 30 días en caso de parto o adopción múltiple.
Respecto de la interrupción del embarazo o fallecimiento del niño o niña recién nacidos, prevé una licencia de 30 días corridos a partir de la fecha de ocurrido, con interrupción de la licencia por maternidad si correspondiera. Si falleciera el cónyuge una vez comenzada su licencia el supérstite tiene derecho a una licencia por cuidado especial de niño o niña por los días pendientes de licencia, con un mínimo de 90 días corridos, y posteriormente a la franquicia de reducción horaria. El proyecto invita a los municipios a adherir a la ley.
En los fundamentos, la iniciativa expresa que el objetivo es hacer efectivo el derecho a la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses de vida, siguiendo las recomendaciones nacionales e internacionales en la materia. También recuerda que los motivos laborales son la segunda causa de abandono de la lactancia en los primeros meses de vida del bebé, periodo en el cual la leche materna resulta insustituible. Además, recalca que la crianza “no es un asunto privado; engendrar, parir y criar es una tarea social de gran responsabilidad”. Por último extiende los plazos de licencia por fallecimiento de hijo atento a la particular dolencia para un ser humano que constituye la pérdida.
El proyecto N° 9888 ingresó por mesa de entradas el 04 de agosto con la firma del diputado Eduardo Fuentes (NE-FG) y la adhesión de Rául Podestá (NE-FG); Guillermo Carnaghi, María Ayelén Gutiérrez y Javier Bertoldi (Frente para la Victoria); Mariano Mansilla y Pamela Mucci (Frente y la Participación Neuquina-Unión de los Neuquinos); Oscar Smoljan (Unión Cívica Radical); Jesús Escobar y Santiago Nogueira (Libres del Sur) y Gabriel Romero (Frente Renovador).
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