
El Senado de la Nación sancionó una ley que establece una tarifa reducida para entidades de bien público, que ahora tendrán el beneficio de contar con un tope de facturación igual al de los usuarios residenciales de cada servicio incluido en la norma.
El proyecto contaba con media sanción de la Cámara Baja y fue incluido en el orden del día de la sesión del miércoles 25 de noviembre por intervención del senador Guillermo Pereyra (Movimiento Popular Neuquino), que respondió a un pedido especial de la diputada nacional también del MPN, María Inés Villar.
La norma establece que los entes reguladores respectivos deben incorporar esta nueva categoría en sus cuadros tarifarios. Está destinada y beneficiará a asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones sin fines de lucro,
Los servicios que la ley considera sujetos a su alcance son los de agua potable y desagües cloacales, electricidad, gas natural y telefonía. La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios o aquel que lo reemplace en el futuro.
Compartinos tu opinión