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Se multará a los que vendan pegamentos a menores

Aunque ya una ordenanza multaba la tenencia y venta de pegamentos en base a tolueno en lugares no habilitados ahora se suma una multa de hasta 15 mil pesos y hasta la clausura del local.

A partir de ahora queda establecido en esta norma que los únicos comercios que podrán ser habilitados para la venta de productos denominados pegamentos o adhesivos que en su composición química contengan tolueno o sus derivados serán las ferreterías, corralones de venta de materiales para la construcción y casas de venta de repuestos para el automotor.
Estos productos solo se podrán comercializar en su envase original de fábrica y no podrá venderse en forma fraccionada por el comercio.
El pasado 29 de abril fue sancionada la ordenanza 1170 que modifica el artículo 145 de la ordenanza 1084 que contiene el libro de faltas municipales.
La tenencia y venta de pegamento o adhesivos que en su composición química contengan tolueno o sus derivados en lugares no habilitados para tal fin, serán sancionados con multa de mil a 10 mil módulos a la que se podrá sumar la clausura y/o decomiso.
La venta de pegamentos o adhesivos que en su composición química contengan tolueno o sus derivados ya sea en su envase de fabrica o en forma fraccionada, a menores de edad serán sancionados con multa de 2 mil a 15 mil pesos, más la clausura del local comercial que así lo hiciera.

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