Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Actualidad

Actualidad

Rincón pasó a una Etapa de Prevención hasta el domingo y desde el lunes flexibliza más actividades

Durante unos días más está vigente la circulación por DNI, con restricción de horarios y modalidades. A partir del 31 de agosto, se incorporan más actividades (incluidas deportivas y con protocolos) y se extienden horarios y circulación de personas.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

Luego de que se conocieran los casos de COVID-19, el Comité de Emergencia de la municipalidad de Rincón de los Sauces decidió levantar la Fase 0 y pasar a una Etapa de Prevención hasta el domingo 30 de agosto inclusive, , para luego continuar con una flexibilización de diferentes actividades, desde las 0 horas del lunes 31.

Mediante la ordenanza 2211 del 2020, aprobada el jueves 27 de agosto, el Concejo Deliberante dictó una serie de normas, flexibilizando la Fase 0 y permitiendo actividades comerciales y no esenciales, de lunes a sábado y los domingos para salidas recreativas, en la etapa de prevención.

En el caso de los comercios gastronómicos, queda suspendida la posibilidad de consumir en el lugar -atención en mesas- podrán hacerlo con modalidad para llevar (Take Away) y Delivery.

También se aclaró que dentro de las actividades y servicios Esenciales y No esenciales se contemplan: Las Obras Privadas, Profesionales Independientes, Servicio Doméstico, Trabajadores Cuentapropistas.

Por el momento, las actividades religiosas, recreativas y deportivas quedan suspendidas, con excepción de la salida recreativa del domingo.

En cuanto a los horarios de circulación y de atención al público, para las actividades esenciales y no esenciales, será de Lunes a Sábados de 09 a 19 horas.

En el caso de los comercios gastronómicos, será de Lunes a Sábados de 08 a 20 horas Con modalidad Para Llevar (Take Away) y hasta las 24.00 horas Modalidad Delivery.

En lo que refiere a la circulación de personas, quienes tienen número de documento nacional de identidad con terminación impar podrán circular los días lunes, miércoles y viernes.

Quienes tienen número de documento nacional de identidad con terminación par podrán circular los días martes, jueves y sábados, quedando en ambos casos prohibidas las reuniones sociales, según decreto presidencial.

Además, se continuará con la implementación de los retenes sanitarios y la actividad municipal y legislativa será conforme los días, horas y protocolos aprobados para la misma, priorizando la atención de turnos y evitando el aglomeramiento de personas.

A partir de las 0 horas del lunes 31 de agosto, se inicia una etapa de flexibilización, que incluye, entre otros puntos la circulación de personas sin límite de número de documento, ampliación de horarios y actividades esenciales y no esenciales y habilitación de nuevas actividades, “prevaleciendo la libertad de circulación, y asimismo evitando la aglomeración de personas, limitando lo máximo posible el contacto entre vecinos y vecinas, con responsabilidad compartida y extremas medidas de seguridad y salubridad”.

Las nuevas disposiciones para la etapa de flexibilización, son las siguientes:


1) ACTIVIDADES COMERCIALES ESENCIALES Y NO ESENCIALES, ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESCENCIALES Y NO ESENCIALES*
Podrán ejercer sus actividades de Lunes a Domingos, con estricto cumplimiento de los protocolos respectivos previamente aprobados. -
COMERCIOS GASTRONOMICOS: queda habilitado el consumo en el local.
Se recomienda el estricto control de la cantidad de personas dentro del local y la distancia en la espera fuera del comercio por parte del titular de tales comercios.
*Dentro de las actividades y servicios Esenciales y No esenciales se contemplan: Las Obras Privadas, Profesionales Independientes, Servicio Doméstico, Trabajadores Cuentapropistas.
2) ACTIVIDADES RELIGIOSAS, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS NO COMERCIALES pueden desarrollarse conforme la normativa que habilito cada actividad y con el protocolo correspondiente. -
3) HORARIOS DE CIRCULACION:
A) CIRCULACION COMUN: Horario para que todas las personas puedan circular a efectos de proveerse de bienes y servicios habilitados, esenciales y no esenciales, de Lunes a Domingo de 08 a 24 horas. -
B) ATENCION AL PÚBLICO. Horario de atención al público, actividades esenciales y no esenciales, de Lunes a domingo de 08 a 22 horas. -
C) COMERCIOS GASTRONOMICOS Horario de atención al público de Lunes a Domingo de 08 a 24 horas. -
4) LA CIRCULACION: cualquiera sea la numeración del documento nacional de identidad. -
5) LA ACTIVIDAD MUNICIPAL Y LEGISLATIVA normal y habitual, conforme lo indiquen los reglamentos y protocolos internos. -
6) REUNIONES SOCIALES. Conforme Decreto de Necesidad y Urgencia 677/2020 del Sr. Presidente se encuentran suspendidas. -
7) CIRCULACION DE INGRESO Y EGRESO A LA CIUDAD: Conforme Ordenanza 2193/2020
ARTICULO 4º: DEL CONTROL DE TODOS LOS VECINOS: Siendo casi unánime la opinión en nuestro País de que la mayor parte de los contagios está dada por las reuniones sociales o el incumplimiento a los protocolos, notificase a los vecinos los siguientes teléfonos 101, 299-4521809, 299-4599362, 299-5323044 a efectos de que puedan denunciar reuniones, fiestas o comercios que incumplen el protocolo en Rincón de los Sauces.

ARTICULO 5°: NOTIFICASE a la población que en caso de tener síntomas sospechosos o haber estado en contacto con alguna persona afectada deberá comunicarse con el teléfono 0800-3331002, 107, 4886013, 4886076 y proceder a auto aislarse hasta que sea verificada por el sistema de salud pública de la provincia de Neuquén.
ARTICULO 6°: NOTIFICASE al Comité de Emergencia Provincial, a efectos de que tome conocimiento de las medidas preventivas adoptadas.

ARTICULO 7°: FACULTASE al Poder ejecutivo a reglamentar esta Ordenanza, a disponer el regreso a fase cero o prorrogar la vigencia de estas etapas, ampliar o reducir horarios de circulación y/o comerciales.
ARTICULO 8°: VIGENCIA DE LAS ETAPAS
a.- Los días 28, 29, 30 de Agosto regirá lo que aquí denominamos ETAPA DE PREVENCION. -
b.- Desde el día 31 de Agosto a partir de la hora cero (0) comenzara a regir la etapa denominada ETAPA DE FLEXIBILIZACION. -
ARTICULO 9º: HABILITANSE a partir del día 31 de agosto de 2020 las siguientes actividades deportivas comerciales conforme los protocolos, los cuales se deberán respetar estrictamente:
a.-Entrenamiento de Vóley hasta 10 personas.
b.- Entrenamiento de Básquet hasta 10 personas.
c.- Entrenamiento de Hockey hasta 10 personas.
d.- Entrenamiento de Patín hasta 10 personas.
ARTÍCULO 10°: PROTOCOLO SANITARIO DE LAS NUEVAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS COMERCIALES HABILITADAS.
A) PROTOCOLO DE DETECCION EN CASO DE APARICIÓN DE SÍNTOMAS: En caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO debe salir, más si el síntoma aparece durante esta actividad, debe regresar inmediatamente a su casa, aislarse, NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 107; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse.

B) MODALIDAD:
b.1.- No podrán superar 10 personas en total entre ambos equipos.
b.2.- La cancha deberá estar sectorizada de modo tal que en la práctica no se produzca contacto o roce.
b.3.- No podrán habilitarse vestuarios, cantinas.
b.4.- Mediante Turnos telefónicos.
b.5.- En el predio deberán estar solamente las personas que tienen habilitada la cancha, los demás deberán esperar su turno fuera del predio.
b.6.- Se Deberá disponer de cartelería con las medidas de seguridad aquí exigidas.
C) MEDIDAS SANITARIAS:
c.1.-La administradora de la cancha deberá desinfectar las pelotas, redes, arcos y demás elementos a utilizar; y espacios comunes antes de comenzar el día comercial y entre cada turno.
c.2. No podrán repartirse camisetas o pecheras.
c.3.- Deberá prohibir la participación de persona que tenga signos visibles compatibles con las del COVID19.
c.4.- Deberá tener alcohol en gel o un pulverizador con alcohol diluido en agua al 70% a disposición de los concurrentes.
c.5.- Antes del ingreso y luego de terminado el partido deberá exigirse a los clientes la colocación del barbijo.
c.6- Prohibición de compartir toallas, mate, vasos, tasas, teléfonos, cigarrillos u otros elementos personales durante la jornada laboral.
c.7- Prohibición de escupir o salivar en el suelo o espacios comunes.
D) DIAS Y HORAS: Miércoles, Jueves, Viernes, Sábados y Domingos de 9 a 22 horas. -

ARTICULO 11°: DEL AGLOMERAMIENTO: En los casos de comercios con varias instalaciones, sea canchas, oficinas u otras dependencias, donde deban entrar grupos de personas por turnos, los propietarios del comercio deberán extremas los recaudos para evitar que los mismos se concentren en determinado lugar o tiempo. Para ello deberá disponer de un sistema de turnos, de lugares de espera, de pasillos de circulación de entrada y otro de salida donde los grupos de personas no tomen contacto entre sí con riesgo de contagio de COVID-19.
La conducta contraria será considerada como una transgresión a los protocolos sanitarios.

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Teclas de acceso