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Sin atención al público, judiciales vuelven a trabajar

“La modalidad de prestación laboral a distancia, continuará realizándose en días y horarios equivalentes al habitual de trabajo judicial, y deberá ser entendida como temporal y excepcional”, se aclaró.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

El TSJ dispuso que a partir del día martes 26 de mayo, todos los magistrados, funcionarios y empleados deberán concurrir a prestar funciones a las sedes de sus respectivos organismos, según el esquema que fije cada titular de los mismos.

En declaraciones radiales, el presidente del TSJ, Oscar Massei, afirmó que “si bien sigue suspendida la atención al público y los términos respecto a los abogados, hicimos un estudio desde Gestión Humana, y tenemos gente con disponibilidad, gente disponible con alguna modalidad y 444 no disponibles considerando las distintas excepciones, como ser personas de riesgo, o a cargo de menores”, explicó en diálogo con LU5.

El funcionario aclaró que de las 2.200 personas del ámbito judicial de toda la provincia están posibilitadas para trabajar unas 800 personas. “Estas 592 que están con disponibilidad muchas estaban trabajando, hay magistrados, funcionarios y técnicos informáticos que han hecho una labor tremenda”, señaló.

La convocatoria a trabajo presencial, implica la consecuente indicación para que las áreas pertinentes (Seguridad e Higiene, Salud Ocupacional, Subdirección de Infraestructura, Administración General y Dirección de Gestión Humana) adopten los recaudos necesarios para el restablecimiento del trabajo presencial en condiciones y en ambientes controlados y seguros dando cumplimiento estricto a lo establecido en el “Protocolo de Actuación para la Prevención de la transmisión del COVID 19”.

“La modalidad de prestación laboral a distancia, continuará realizándose en días y horarios equivalentes al habitual de trabajo judicial, y deberá ser entendida como temporal y excepcional”, se aclaró.

Por otra parte, “se amplió hasta el día 7 de junio del corriente, la suspensión de los plazos procesales, registrales y administrativos para todos los organismos dependientes del Poder Judicial de la Provincia, sin perjuicio de la validez de los actos que se realicen y sus titulares autoricen en dicho período, así como la suspensión general de la atención al público en todas las dependencias del Poder Judicial de la Provincia -con las excepciones ya dispuestas en los Acuerdos N° 5925, 5926, 5927, 5930, 5931, 5932 y las que se dispongan desde la Presidencia del Tribunal”, señalaron desde el TSJ.

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