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Rincón oficializó las salidas recreativas para los domingos

Por ordenanza, el Deliberante estableció las salidas permitidas para los días domingo para adultos mayores y menores acompañados de sus padres. Se trabaja en la adhesión a las nuevas medidas del gobierno provincial que permite las salidas para toda la comunidad.
Horacio Beascochea
Por Horacio Beascochea

El Concejo Deliberante, mediante la Ordenanza 2183, regularizó las salidas recreativas para toda la comunidad, los días domingo.

Ediles rinconenses aprobaron la adhesión al Decreto N°547/2020 a los efectos de habilitar las salidas recreativas los días domingos, para menores y adultos mayores en los términos del protocolo de seguridad y condiciones dispuestos por la pandemia del COVID-19.

En este sentido, se permitirá las caminatas recreativas en toda la provincia para adultos y adultas de más de 60 años, con una duración máxima de 1 hora, circunscriptas a un radio de 500 metros desde el domicilio, y entre las 10:00 y las 13:30 horas.

También para niños, niñas y adolescentes de hasta 15 años, quienes podrán realizar caminatas recreativas con una duración máxima de 1 hora, circunscriptas a un radio de 500 metros desde el domicilio, y entre las 14:00 y las 19:00 horas.

Las salidas se harán siguiendo un protocolo de seguridad. En caso de aparición de síntomas durante la salida recreativa y presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO debe salir, más si el síntoma aparece durante esta actividad, debe regresar inmediatamente a su casa, aislarse, NO deben dirigirse a un centro asistencial, NO deben salir de su vivienda y deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 107; o bien comunicándose el hospital ó centro de salud más cercano. NO deben automedicarse.

La modalidad de salidas para adultos y adultas de 60 o más años es la siguiente:
1.-Podrán realizar exclusivamente caminatas recreativas y peatonales los días Domingo, en toda la Provincia.
2.-Las caminatas tendrán una duración máxima de 1 hora, circunscriptas a un radio de 500 (QUINIENTOS) metros desde su domicilio, y sólo entre las 10:00 y las 13:30 horas.
3.-Se deberá salir directamente desde el hogar a pie. No se permite el traslado en automóvil o transporte público, que tienen vedada su circulación los días Domingo.
4.-Se debe contar siempre con el DNI. En caso de que dichos documentos no estuvieran actualizados, se deberá portar documentación suficiente que acredite su domicilio real (copia de contrato de alquiler, factura de servicio y/o denuncia policial, donde conste su nombre con el domicilio real).
5.-En ningún momento las personas se podrán detener en la vía pública, ni podrán realizar aglomeramientos o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria.
6.-Quedan excluidos para uso durante las caminatas recreativas: las plazas públicas, los paseos costeros y espacios o senderos aeróbicos, gimnasios al aire libre, circuitos de entrenamiento, los centros deportivos y lugares afines, los que deberán estar cerrados, y adecuadamente fajados con cintas de seguridad. Acciones básicas para disminuir el riesgo de transmisión y contagio.
7.-Respetar el distanciamiento social de 2 (DOS) metros entre personas solas, o grupos de personas en tránsito.
8.-Las personas deberán transitar obligatoriamente con el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluyendo los de fabricación personal, bajo apercibimiento de la dispuesto mediante ordenanza N°2173.
9.-Respetar el protocolo de higiene respiratoria: no salivar los espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el tapabocas colocado.
10.-Cumplir con la higiene de manos durante la salida: llevar consigo elementos como toallas húmedas, sanitizante o alcohol al 70% (gel o líquido).
11.-Evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública.
12.-Ante la aparición de síntomas en la persona que realiza la salida recreativa, o en persona conviviente, no salir del hogar: en caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir a un centro asistencial, NI salir de su vivienda. Deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose el hospital o centro de salud más cercano. NO deben automedicarse. Vestimenta y otros elementos.
13.-Se recomienda el uso de ropa de fácil lavado y secado.
14.-Antes de salir, dejar preparada la ropa que se va a utilizar al regreso.
15.-Prohibicion de compartir en la vía publica mate, vasos, tasas, teléfonos u otros elementos personales durante la jornada laboral.
16-Prohibición de escupir o salivar en el suelo o espacios públicos.
17.-Deberan respetarse estrictamente las normas de distanciamiento social de un metro y medio, no saludarse con la mano, besos o abrazos.

En el caso de niños, niñas y adolescentes de hasta 15 años se debe cumplimentar:
1.-Las caminatas tendrán una duración máxima de 1 hora, circunscriptas a un radio de 500 (QUINIENTOS) metros desde su domicilio, y sólo entre las 14:00 y las 19:00 horas de los días Domingo.
2.-Los menores de 12 años deberán ir acompañados por madre, padre o tutor. Los adultos podrán acompañar a los menores desde más cerca o más lejos según su edad, permitiéndoles disfrutar el ejercicio de su autonomía.
3.-En caso de los y las adolescentes de entre 12 y 15 años, podrán salir solos y solas siempre y cuando estén autorizados expresamente.
4.-Cada adulto puede circular con hasta 3 niños/as menores de 12 años a cargo. Los adultos deberán contar siempre con su DNI y el de los menores a su cargo. Los y las adolescentes de entre 12 y 15 años deberán portar su DNI en todo momento.
5.-En caso de que dichos documentos no estuvieran actualizados, se deberá portar documentación suficiente que acredite su domicilio real (copia de contrato de alquiler, factura de servicio y/o denuncia policial, donde conste nombre con el domicilio real).
6.-Se deberá salir directamente desde el hogar a pie. No se permite utilizar automóvil o transporte público, que tienen vedada su circulación los días Domingo.
7.-En ningún momento las personas se podrán detener en la vía pública, ni podrán realizar aglomeramientos o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria.
8.-Estas salidas recreativas son para esparcimiento individual, no para realizar visitas o jugar con otros niños y otras niñas. Quedan excluidos para uso durante las salidas de esparcimiento: los juegos infantiles de las plazas públicas, paseos costeros, espacios recreativos, gimnasios, circuitos de entrenamiento, los centros deportivos y lugares afines, los que deberán estar cerrados, y adecuadamente fajados con cintas de seguridad. Acciones básicas para disminuir el riesgo de transmisión y contagio.
9.-Respetar el distanciamiento social de 2 (DOS) metros entre personas solas, o grupos de personas en tránsito, con calma, y sin alarmarse.
10.-Las personas deberán transitar obligatoriamente con el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluyendo los de fabricación personal, bajo apercibimiento de lo indicado en la Ordenanza N°2173.
Están únicamente autorizados a NO utilizarlos aquellos niños y niñas menores de 2 años, personas con problemas para respirar o personas que no pueden sacárselo sin ayuda.
11.-Respetar el protocolo de higiene respiratoria; no salivar los espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el el tapaboca colocado.
12.-Cumplir con la higiene de manos durante la salida: llevar consigo elementos como toallas húmedas, sanitizante o alcohol al 70% (gel o líquido).
13.-Evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública. Si se toca alguna cosa, ponerse alcohol en gel o alcohol al 70%. En su defecto, procurar evitar que los menores se toquen los ojos, el pelo o alguna parte de la cara.
14.-Prohibicion de compartir en la vía publica mate, vasos, tasas, teléfonos u otros elementos personales durante la jornada laboral. -
15-Prohibición de escupir o salivar en el suelo o espacios públicos. -
16.-Deberan respetarse estrictamente las normas de distanciamiento social de 2 (DOS) metros, no saludarse con la mano, besos o abrazos.
17.-Antes de salir, dejar preparada la ropa que se va a utilizar al regreso.
18.-Para salir, se recomienda el uso de ropa manga larga, de fácil lavado y secado, tanto para niños, niñas y adolescentes, como para los adultos acompañantes.
19.-Si se tiene el pelo largo, atarlo.
20.-Los niños, niñas y adolescentes podrán llevar bicicleta, patines, triciclo o juguete preferido, el cual será higienizado al llegar y al salir del hogar con lavandina rebajada en agua o alcohol al 70%.
21.-Ante la aparición de síntomas en la persona que realiza la salida recreativa, o en persona conviviente, no salir del hogar: en caso de presentar síntomas como fiebre (+37,5º), tos, dificultad respiratoria, secreción y goteo nasal, fatiga, dolor de garganta y de cabeza, escalofríos, malestar general, NO acudir a un centro asistencial, NI salir de su vivienda. Deben comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 107; o bien comunicándose el hospital o centro de salud más cercano. NO deben automedicarse.

DISPOSICIONES COMUNES DESINFECCION AL REGRESAR DE LA ACTIVIDAD RECREATIVA:
a.-Ingresar al hogar por la puerta de menor circulación.
b.-Dejar en bolsa de plástico llaves, celular, anteojos, cartera, billetera y cualquier otro objeto que se haya llevado en la salida.
c.-Cambiarse la ropa en el baño o lavadero y guardarla en bolsa hasta el momento del lavado.
d.-Quitarse los zapatos y rociarlos con alcohol al 70%, o limpiar la suela con un trapo con lavandina.
e.-Finalmente sacarse el barbijo y lavarse las manos vigorosamente con agua y jabón.
f.-Lavar la ropa con el jabón habitual y con agua a temperatura entre 40° y 60° C.
g.-Es recomendable ducharse luego de la actividad, o al menos lavarse o limpiarse las partes del cuerpo que no estuvieron cubiertas durante la salida.
CONTROL. La Policía Provincial y la Municipalidad realizarán el control urbano a efectos de evitar efectos indeseados de estas salidas recreativas y asimismo la transgresión a las normas de emergencia vigentes; procediendo en primer término a la persuasión de los vecinos y, en segundo lugar, a labrar el acta de infracción correspondiente.
FALTA. La transgresión a las normas antes mencionadas, será considerada una violación a las disposiciones de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y se procederá conforme la falta que se cometiere. En caso de menores de edad, les será aplicable a sus padres o tutores.
REGLAMENTACION. Facultase al Poder Ejecutivo para reglamentar ésta ordenanza a efectos de hacerla aplicable.
SUSPENSION. Asimismo, en caso de que se advierta una falta de apego generalizada por parte de los vecinos a la normativa, que haga aumentar el riesgo de contagio del COVID-19, autorizase al Poder Ejecutivo a suspender la aplicación de esta salida recreativa por Decreto, para hacer cesar el riesgo.

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