La compañía de capitales mexicanos, AMX Argentina, más conocida como Claro, viene realizando maniobras incorrectas con sus usuarios, intentando cobrarles un costo por la emisión de la factura, hecho que no corresponde, debido a que no pueden cambiar las pautas de contratación unilateralmente, al detectarlo hay que llamar al *611 y quejarse.
La Secretaría de Relaciones Institucionales y Defensa del Consumidor, de la provincia de Salta, inició las actuaciones luego de tomar conocimiento de una publicidad donde la firma publicó un aviso promocionando un nuevo sistema de notificación de facturación y el cobro de 5 pesos por el envío de la factura al domicilio.
La sanción se impone por la falta al deber de información gratuito y la modificación unilateral del contrato. La normativa vigente indica que el costo por el envío debe estar a cargo de la empresa. El organismo actuó de oficio a raíz de un aviso publicado en un medio gráfico local.
La publicidad en cuestión señalaba: “Estimado Cliente Claro: Con el servicio de Factura Electrónica de Claro ya no tenés que preocuparte por recibir tu factura por correo (
) Podes adherirte por SMS enviando sin cargo “factura” al 3236, llamando al *611 o en www.factura.claro.com.ar (
) Una vez adherido te enviamos un SMS con el monto y la fecha de vencimiento de tu factura. Te recordamos además que, en caso de continuar recibiendo tu factura en papel su envío a domicilio tendrá un costo de $ 5 finales por mes”.
“Se trata de una afectación colectiva a todos los usuarios de la empresa” aseguró el titular de la Secretaría, Manuel Santiago Godoy (h), a la hora de explicar el monto de la multa con el que se sancionó a la empresa. También resaltó que la falta principal que ameritó la sanción es “infringir el deber de informar en forma gratuita” los montos y detalles de facturación.
La Resolución emitida por Defensa del Consumidor establece que no se respetaron “las condiciones y modalidades acordadas en forma previa con los usuarios que habían contratado el servicio”, por lo tanto “la infracción se basa en haber modificado las condiciones y modalidades conforme habían sido convenidas para los usuarios”. En este sentido, dicho dictamen hace mención a que este servicio, que se presta de manera regular y continua “es un deber a cargo exclusivo de la empresa”.
Fuente: ElIntransigente.com
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