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Los casinos legalmente deben cerrar sus puertas

En el boletín oficial de la provincia del 25 de julio fue publicada la ordenanza 1130 donde se fijan los horarios apertura de las salas de juego. Desde el municipio trascendió que el intendente la vetó, pero nunca fue publicado, por lo que la ordenanza sigue vigente y debe ser cumplida.

En julio de este año el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que limitaba el horario de apertura de las salas de juego a tan sólo 12 horas por día, desde las 18 a las 6 de la mañana. Debido a reclamos desde provincia, su supuesta inconstitucionalidad, el intendente Hugo Wernli veto esta ordenanza dejándola sin efecto, a lo que se refiere al horario de apertura.
Toda ordenanza para que tenga fuerza de ley, debe ante todo estar publicada en el boletín oficial de la provincia, y desde ese momento debe ser cumplida.
Así mismo ocurre con el caso de que un intendente vete una ordenanza, este veto debe ser divulgado en dicha publicación.
Lo extraño de esta situación es que solamente salió publicado en el boletín oficial la ordenanza, pero no su veto, con lo cual se encuentra vigente.
El pasado miércoles 25 de junio fue aprobada la ordenanza 1130 por cinco votos a favor y dos en contra, fundamentándola en la necesidad de combatir el juego compulsivo.
El trastorno del control de los impulsos por jugar se conoce y diagnostica como ludopatía, dominan la vida del enfermo en perjuicio de los valores y obligaciones sociales, laborales, materiales y familiares.
Esta ordenanza fue tomada muy bien por la sociedad rinconense, pero un giro legal, indicado por sectores del gobierno provincial propició que el intendente tome la decisión de vetarla.
Esta ordenanza se basó principalmente en el artículo 42 de la constitución nacional, que establece la obligación del estado por velar por la protección integral de la familia, así como su salud y el cuidado de sus intereses económicos.
Así mismo la ordenanza toma en cuenta que estas actividades lúdicas deben tener un límite para evitar que las personas se relacionen con el juego de manera compulsiva, lo cual en su caso, genera un riesgo para el equilibrio de la economía personal y familiar.
En nuestra localidad no existía legislación local alguna que regule el tiempo en cuanto a horarios para que estos locales permanezcan abiertos, atrayendo de esta forma las 24 horas del día a aquellas personas que padecen, tal vez sin saberlo, esta tan avanzada enfermedad.
La fijación de horarios de apertura y cierre de los establecimientos en donde se desarrollan estas actividades, resultaba como una herramienta idónea y eficaz para desalentar la generación de estas conductas lúdicas compulsivas.
Por todo esto, legalmente correspondería, que los Casinos cierren sus puertas desde las 6 de la mañana hasta las 6 de la tarde.
Lo cierto es que el Concejo Deliberante de la ciudad de Rincón de los Sauces sancionó con fuerza de ley esta ordenanza, fue publicada en el boletín oficial como corresponde, y luego trascendió que el intendente la vetó. Pero como este veto no fue publicado, los casinos se encuentran en infracción, no pudiendo permanecer abiertos más de 12 horas por día.

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