La estación de servicio Petrobras está incluyendo el servicio de playa, a un costo de 0,10 centavos por litro en los medidores, no obstante al solicitar el tique se realiza la correcta facturación. Por otro lado la estación de servicio YPF, aumento el combustible y no incluye en los medidores el servicio de playa, con lo que se genera una confusión por parte de los consumidores.
Lo real que pagará el consumidor, por un litro de gas-oil en la estación de servicio YPF es $1,839 por litro contra $1.799 de Petrobras, siendo una diferencia real de tan sólo 4 centavos.
Esto ha generado confusiones con respecto a los consumidores que dicen que les han cobrado el servicio de playa a parte del medidor, cuando el medidor lo estaba incluyendo, siendo sólo dichos no confirmados. En ambas estaciones figuran carteles en sus accesos que informan que la estación cobra servicio de playa a $0,10 por litro.
No obstante la estación YPF al lado de los medidores tiene un cartel que dice “Importante: El importe que muestra el surtidor NO INCLUYE el servicio de playa (Cargo por gastos adicionales de comercialización) Se cobrará adicionalmente al precio de combustible a razón de $0,10 por litro despachado”. Por otro lado la estación PETROBRAS tiene un cartel igual, salvo que quitaron la palabra “NO”, siendo el cartel idéntico, de ahí también la confusión.
Algo para tener en cuenta por la municipalidad de Rincón de los Sauces, es que la Municipalidad de La Plata al ponerse en vigencia el cobro del servicio de playa, el pasado 21 de mayo, emitió desde el Juzgado de Faltas Municipal una resolución donde intima a las estaciones de servicio ubicadas dentro del Partido de La Plata que se abstengan o cesen, según corresponda, de imponer a los consumidores cualquier adicional o cargo sobre el precio de venta de combustibles líquidos o gaseosos en concepto de "servicio de playa", o bajo cualquier otra denominación, que no se corresponda con una efectiva incorporación de valor agregado en los productos comercializados o en los servicios prestados. Lo anterior bajo expreso apercibimiento de que en caso de desobediencia se dará intervención a la Justicia Penal y se ordenarán las medidas coercitivas que correspondan, así mismo se solicitó a los efectos de la implementación de lo ordenado, a la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA); a la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina (CECHA); y a la Federación de Entidades de Combustibles de la provincia de Buenos Aires (FECOBA) que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificadas de la presente resolución, comuniquen a sus afiliados expendedores de combustibles líquidos y gaseosos con establecimientos ubicados dentro del partido de La Plata lo resuelto.
Gracias a lo sucedido en La Plata, ninguna estación del partido cobra el servicio de playa.
Por ahora los consumidores deberán seguir pagando lo que se exige en la ciudad, igualmente es importante prestar atención al cargar y tener en cuenta que por más que esté o no en el medidor continuaremos pagando los 10 centavos.
Compartinos tu opinión