Una mujer que prestaba servicios de sanación espiritual y que fue acusada por estafa de más de 6 millones de pesos, permanecerá detenida con prisión domiciliaria por decisión de un tribunal de jueces.
La decisión se conoció la semana pasada, durante una audiencia realizada al mediodía, el fiscal jefe Pablo Vignaroli y la fiscal del caso Rocío Rivero, pidieron que se ratifique la prisión preventiva que le habían impuesto el domingo pasado por un plazo de un mes. Argumentaron que la acusada, S. I, y un varón que es su pareja, D. V, no tenían arraigo (son de nacionalidad brasileña).
En este contexto, remarcaron que el alquiler de una vivienda de modo temporal, como ofreció la defensa de ambos para cambiar la modalidad de la prisión, “no significa que tengan ese arraigo”. Y puntualizaron que “al ser detenidos, dieron domicilio en San Pablo; y también dieron un domicilio en provincia de Buenos Aires que resultó inexistente; además tenían pasajes en avión para irse, y desde Rincón de los Sauces huyeron en remises por separado”, puntualizó Vignaroli.
Respecto al hecho de que la pareja tiene un hijo menor de edad, desde el Ministerio Público Fiscal se planteó que el lugar de detención de la mujer “cuenta con las condiciones” para albergar también al niño.
Al pedido de ratificación de la prisión preventiva, adhirió el abogado querellante, quien representa a la víctima.
Los tres jueces rechazaron el planteo del fiscal jefe y de la fiscal del caso. Resolvieron otorgar la prisión domiciliaria, por un plazo de un mes. El acusado y la acusada la cumplirán en un departamento de la ciudad de Neuquén que alquilaron de modo temporal, y deberán tener tobillera electrónica (en caso de que no se las coloquen deberán efectuarse rondines policiales diarios en la vivienda).
En forma simultánea, los jueces fijaron un caución de 1 millón de pesos, monto que deberá estar depositado en un plazo de 48 horas a contar desde el 18 de abril.
El hecho que está bajo investigación, es una estafa que ambos cometieron en perjuicio de una mujer de Rincón de los Sauces.
La fiscal Rivero atribuyó a S.I haber defraudado a una mujer en 6.447.500 pesos y en 10.575 dólares; mientras que a V.D, le imputó haber participado en la maniobra, en la recepción y disposición del dinero.
De acuerdo a la investigación provisoria, el 30 de marzo a las 22, la víctima, “en búsqueda de una ayuda espiritual, se contactó con la acusada mediante la red social Instagram y luego por whatsapp. Esto provocó que la mujer, quien atraviesa un momento personal de vulnerabilidad, viera en la imputada una posibilidad de salir de su situación”, indicó Rivero.
En ese primer contacto, “la imputada simuló distintos rituales de sanación con el fin de reconciliarla con su pareja”, explicó la fiscal del caso. Fue así como el avance de los rituales generó un vínculo de confianza, hasta que en determinado momento, la imputada comenzó a pedirle que guardara dinero en un bolso y lo colocara debajo de la cama. “Una vez asegurada la existencia del dinero y continuando con su plan criminal, la imputada le dijo a la víctima que veía su energía demasiado baja y que viajaría a Rincón de los Sauces a fin de realizar un trabajo personalizado”, explicó Rivero.
El viaje ocurrió el 13 de abril. Las personas imputadas llegaron a Rincón de los Sauces y se alojaron en habitaciones separadas en un hotel de la localidad “con el fin de no ser vinculados”. La imputada fue a la casa de la mujer y, tras realizar una serie de rituales, le indicó que llevara el dinero al hotel para continuar la sanación, con el compromiso de que, una vez terminada la tarea, la llamaría para devolverle el dinero “sanado”.
Sin embargo, cuando la víctima se retiró, las personas imputadas se dieron a la fuga en dos automóviles de alquiler distintos, con dirección a Neuquén, donde finalmente fueron detenidos. Según se pudo constatar luego, el 15 de abril viajarían a Buenos Aires, con destino a Ezeiza.
Rivero encuadró la acusación en el delito de estafa, en carácter de autora respecto de la mujer y como partícipe necesario en el caso del varón (artículos 172 y 45 del Código Penal).
El plazo de la investigación fue establecido en 4 meses.