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Petroleros recordó a empresas que deben abonar al menos el 60 % de los salarios en los sueldos netos de febrero

Ante diferentes consultas de empresas del sector hidrocarburífero, se recordó la vigencia del acuerdo alcanzado en el mes de abril.

Mediante una carta, el Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa recordó a las empresas petroleras el acuerdo firmado en conjunto con las Cámaras Empresarias.

“Me comunico con ustedes debido a la gran cantidad de consultas recibidas luego de la firma del acuerdo entre este Sindicato y las Cámaras Empresarias CEPH Y CEOPE del pasado 23 de abril, con el fin de informar que las liquidaciones practicadas para los meses de abril y mayo, tal como se especifica en el ARTICULO 1 INCISO C, las sumas percibidas por los trabajadores no pueden ser menores al sesenta por ciento de lo liquidado en el sueldo neto correspondiente a los haberes de febrero del corriente año.”, se indicó.

“Aprovecho también para aclarar que a todos los compañeros asociados a la Mutual de Empleados y Obreros Petroleros Privados se les deberá retener el 3% de la cuota societaria, dicha condición es para mantenerlo como socio activo y de acuerdo a los Estatutos que pueda seguir gozando de todos los beneficios, entre ellos el 100 % de cobertura en medicamentos”, se informó.

Cabe recordar que según el acuerdo alcanzado, cerca de 25.000 trabajadores que no concurren a los yacimientos por la pandemia del coronavirus cobrarán el 60% de sus salarios durante dos meses

Lo convenido, que regirá para los salarios que van del 1 de abril al 31 de mayo, implica que este grupo de trabajadores perciban el 60% de sus sueldo neto durante estos dos meses.

El gremio conducido por Guillermo Pereyra, informó que los salarios acordados son los que se informaron hace dos días, cuando las cámaras empresarias y el personal del sector comenzó a tener un punto de encuentro. De este modo, el personal cobrará un sueldo básico correspondiente a su escala salarial, a lo que se sumará una vianda y se incluirá un ítem denominado "diferencial de turno, que implica algo así como un 33% más en los sueldos básicos. De este modo, un trabajador que esté suspendido en sus hogar a la espera de volver a los yacimientos percibirá hasta fines de mayo el 60% de su salario, si bien con sumas no remunerativas.

Lo mismo ocurrirá para el personal Jerárquico, aquel grupo de trabajadores que suele desempeñarse en áreas de jefatura en los yacimientos: Los que se encuentren sin tareas asignadas, entre el 1 de abril y el 31 de mayo, percibirán “una suma no remunerativa que consiste en el 60% del salario neto que percibieron en febrero del 2020.” El monto incluye el valor de una vianda que se liquidará por separado, había señalado Arévalo.

Para el caso del personal de este segmento de los sindicatos que esté trabajando efectivamente en el período mencionado, “percibirán el salario proporcional por los días trabajados, y por los días no trabajados cobrarán, en forma proporcional, la suma no remunerativa que corresponda”.

Autor: Horacio Beascochea

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