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Los comercios deberán colocar carteles visibles de Protección al Consumidor

La Ley N° 3.121, sancionada en julio, estipula que cada comercio debe colocar en lugar visible un cartel con todos los datos de la oficina que defiende los intereses de los consumidores.

El ministerio de Ciudadanía informó que en octubre entrará en vigencia la Ley Provincial N° 3.121, sancionada en julio pasado por la Legislatura, que establece la obligatoriedad de colocar en los comercios y lugares de atención a consumidores y usuarios un cartel en un lugar visible con datos de la dirección provincial de Protección al Consumidor.

El cartel deberá decir: “Señor/a consumidor/a o usuario/a: Por asesoramiento, duda o reclamo, dirigirse a la Dirección Provincial de Protección al Consumidor”. Además, deberá indicar el domicilio, el teléfono y la página web de dicho organismo.

La norma establece que el incumplimiento de la ley dará lugar a la sanción de quienes por su función no cumplan con lo requerido. La autoridad de aplicación de la ley será la dirección provincial de Protección al Consumidor.

Ante cualquier consulta, las consumidoras y los consumidores pueden acercarse de 8.30 a 13 a la oficina de Defensa del Consumidor, ubicada en Perito Moreno 334, primer piso, de la ciudad de Neuquén. También pueden comunicarse a los teléfonos 0800-222-2667 o por WhatsApp al 299-5958167. Además, se encuentra la página web del organismo www.defensaconsumidornqn.gob.ar y la página de Facebook: Defensa del Consumidor Neuquén.

Autor: Horacio Beascochea

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