A mediados de junio se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución MS 97/2016 según la cual las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de todo el país recibirán la suma de $ 633.904,76 cada una.
La norma detalla el financiamiento nacional 2016 para el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV).
Según el artículo 1 de la resolución, se destinarán $ 599.040.000,00 a las Asociaciones de Bomnberos Voluntarios, correspondiéndole a cada uno la suma de $ 633.904,76 con destino a la compra de equipamiento y su mantenimiento, incluida la adquisición de materiales necesarios para su cuidado y protección, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 25.054, sus modificatorias y normativa vigente”.
Entre las instituciones beneficiadas se encuentra la Asociación de Bomberos Voluntarios de Rincón de los Sauces, junto 23 de la provincia de Neuquén.
La Dirección de Control de Bomberos Voluntarios y organizaciones no gubernamentales (ONGs) remitirá a la Subsecretaría de Gestión Administrativa, la nómina de las Instituciones beneficiarias, para las respectivas transferencias.
Los pagos se efectuarán conforme a los ingresos que se registren en la cuenta recaudadora del Banco de la Nación Argentina Cuenta Escritural N° 11-853807/80 y de acuerdo con las cuotas de compromiso y devengado que se otorguen para cada trimestre del corriente ejercicio en la partida presupuestaria mencionada, priorizándose las transferencias respecto de aquellas instituciones que hayan acreditado íntegramente en tiempo y forma, el cumplimiento de sus obligaciones, iniciándose las transferencias por las provincias que disponen de una menor cantidad de entidades para dar respuesta al apoyo a la Ayuda Federal que pueda resultar necesaria en el supuesto de convocarse su participación, a requerimiento de la autoridad de aplicación, frente a desastres de gran magnitud naturales o causados por el hombre.
Dichos pagos se efectivizarán teniendo en cuenta el cumplimiento de las rendiciones que cada Asociación realice formalmente a la Dirección De Control De Bomberos Voluntarios y Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), conforme al cronograma de vencimientos, que a cada entidad le corresponda, de acuerdo a la fecha de cobro del subsidio inmediatamente anterior. Como así también tener presentada y al día la documentación que establece el Manual de Tramitación, Ejecución y Rendición de Cuentas del Sistema Bomberil según Resoluciones Ministeriales N° 985/14 y 420/03, y las disposiciones que la Dirección de Control de Bomberos voluntarios establezca como necesarias, debiendo ser fehacientemente comunicadas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13 de la presente.
En caso de verificarse incumplimientos administrativos o anomalías operativas con posterioridad a la asignación de fondos o en la inversión del subsidio por alguna de las entidades que reciben la contribución fijada, la autoridad de aplicación, suspenderá como beneficiaria a la asociación responsable y la ejecución de la presente Resolución a su respecto, en el caso que correspondiere, sin perjuicio de iniciar, en el supuesto que procedan, acciones legales.
Se establece también un período de transición con vencimiento definitivo el 31 de agosto del 2016, en el que la Dirección de Control de Bomberos estará facultada a establecer normas anexas y nuevas circulares que formarán parte de la normativa a aplicarse en las rendiciones aún no aprobadas, incluido el presente subsidio.