Los ciudadanos habilitados para votar en las elecciones presidenciales del domingo 25 de octubre deberán presentar el documento cívico que figura en el padrón o una versión posterior.
En este sentido, los documentos válidos para votar en estas elecciones son la Libreta de Enrolamiento (LE); Libreta Cívica (LC); DNI Libreta, color verde; DNI Libreta, celeste; DNI Tarjeta Libreta, celeste; y DNI Tarjeta.
También se indicó que no es obligatoria la actualización del DNI, los votantes podrán utilizar el que tienen actualmente, siempre y cuando el estado del mismo sea bueno, no esté deteriorado y se observen de forma correcta los datos en el documento.
En los padrones se consignará el tipo de identificación que posee cada habitante y no se permitirá el voto de ciudadanos que se presenten con un documento que corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Sí, en cambio, se permitirá votar presentando una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.
Según precisó la Dirección Nacional Electoral, quienes se presenten a votar con un documento anterior al que figura en el padrón no podrán votar.
En tanto, se informó que no se considera probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite, por lo cual no se podrá votar presentado una constancia de DNI.
La Dirección Electoral recomienda asimismo verificar los padrones definitivos, que son los mismos que se utilizaron en las elecciones primarias del 9 de agosto.
El elector votará en el mismo lugar que las PASO, salvo razones excepcionales o de fuerza mayor que se informarán debidamente.
Las consultas a los padrones pueden realizarse a través de internet en el sitio web www.padron.gob.ar, telefónicamente en las líneas gratuitas 0800-999- PADRON (7237) y desde el teléfono celular a través de un mensaje de texto al 30777, ingresando la palabra
"voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F" según el sexo del elector.
Aquellos electores que no votaron en las primarias de agosto, tienen el derecho y la obligación de votar el próximo domingo.
Los electores menores de dieciocho años y mayores de setenta que no se presenten a votar estarán exentos de multa y no formarán parte del Registro de Infractores al Deber de Votar. (Télam / Dirección Nacional Electoral).