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Rincón tiene nuevas jubiladas

Se trata de once personas que ya se acogieron a la nueva moratoria impulsada por el gobierno nacional.

Según se informó desde la delegación de Anses de Rincón de los Sauces, en la ciudad hay cuatro nuevos jubiladas, que lograron los beneficios de la moratoria previsional sancionada por el Congreso de la Nación.

“La oficina Anses Rincón de los Sauces felicita a las nuevas jubiladas por moratoria 26970. Ellas son: María Yolanda Castillo, Ernestina Alcoba, Beatriz Matilde Beltrán, Esther Rosario Valdéz, Irma Delyeso, Rosa Jara, María Valenzuela Valencia, Angela Castillo, Hilda Salvador, Delia Martínez, Alicia Esparza Gómez. A todas ellas nuestras mas sincera felicitaciones, les deseamos lo mejor en esta nueva etapa que inician en su vida”, manifestaron en la red social Facebook.

Cabe recordar que la Ley 26.970, promulgada en el Boletín Oficial luego de ser aprobada en ambas cámaras, amplía la posibilidad de jubilación a quienes llegan a la edad requerida para hacerlo pero no reúnen aportes suficientes o no tienen ninguno directamente. Acá, toda la información para acceder a este beneficio.

La moratoria jubilatoria tiene como característica central la posibilidad de que personas que hayan alcanzado la edad suficiente para jubilarse (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) y no hayan reunido la totalidad de los aportes necesarios o nunca hayan aportado puedan realizar este trámite y comenzar a cobrar sus haberes antes de abonar la deuda declarada por aportes, las cuales se irán descontando mensualmente.

Con esta nueva ley, pueden incluirse en el plan de pagos de hasta 60 cuotas aportes previsionales no abonados por períodos previos a diciembre de 2003 (hasta ahora era hasta septiembre de 1993). De esta forma, se amplía el número de beneficiarios actuales y potenciales, alcanzando un total de 473.814 personas.

Los requisitos para iniciar los trámites para jubilarse aquellos trabajadores autónomos o monotributistas que:
-hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres (Art. 19, Ley 24.241) dentro del plazo de 2 años desde la vigencia de este nuevo plan.
-No tengan los 30 años de aportes.
-No cuenten con prestación previsional.
-En caso de percibir una prestación, sea el haber mínimo.
-¿Es necesario contar con cierta cantidad de aportes hechos?
No. El plan permite que quienes nunca realizaron aportes puedan acceder.

En cuanto al plan de pagos, una vez iniciada la jubilación, las cuotas se descuentan mes a mes de los haberes. La ley establece un máximo de hasta 60 cuotas, las cuales se irán actualizando, en marzo y septiembre de cada año, según el índice de movilidad previsional.

Quienes estén interesados en acogerse a este nuevo beneficio previsional, deberán solicitar un turno para concurrir a Anses. El turno puede solicitarse vía web, ingresando aquí, llamando al 130 o enviando un SMS al 2337 con la palabra MORATORIA + DNI del solicitante + sexo (F/M).

En todos los casos, se deberá informar DNI y sexo del solicitante. A continuación, un operador de Anses se contactará telefónicamente y de manera personalizada para indicar los pasos a seguir e informará el turno para completar el trámite con la documentación requerida.

A continuación, Anses y AFIP realizarán una evaluación socioeconómica y un control de incompatibilidad.

Para ello deben presentar DNI del interesado; Certificación de servicios de todos los lugares donde haya trabajado o documentación que pruebe la relación laboral. Se recomienda chequear primero en la web de Anses, o con el operador telefónico que se contacte, si todos los años de aportes están acreditados.

Una vez aprobada la documentación y los controles, en Anses le darán la boleta de pago de la primera cuota del plan que fue acordado en cada caso. Es la única cuota que deberá ser pagada en los lugares habilitados por el interesado y una vez completado ese pago, comenzará a pagarse la jubilación. Las cuotas subsiguientes se irán descontando del haber mensual.

A partir de esta nueva ley, pueden solicitar la moratoria quienes ya reciban otra prestación previsional que no supere el monto de la jubilación mínima, de $ 2757. Puede tratarse de una pensión o bien de una jubilación de un régimen provincial.

Para acceder a la jubilación no siempre es necesario sumar 30 años de aportes. La excepción está dada cuando la persona tiene más edad que la mínima exigida para jubilarse. Por cada dos años de exceso se cuenta uno de aportes. Por ejemplo, una mujer que al momento de pedir el beneficio tiene 64 años, podrá jubilarse si reúne 28 de aportes. Esa condición está dispuesta por la ley jubilatoria y rige para cualquier caso.

Autor: Horacio Beascochea

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