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Paulatinamente los tickets se convertirán en efectivo

Ya se hizo ley la intención de que los tickets alimenticios sean remunerativos y las empresas deban pagar sobre ellos todos los beneficios sociales que corresponden.

El 24 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial la ley 26.341 que reconoce el carácter remuneratorio de los tickets canasta. Esta ley que fuera sancionada en el Congreso por iniciativa del diputado Héctor Pedro Recalde, deroga de la Ley de Contrato de Trabajo a los vales de almuerzo, vales alimentarios y canastas de alimentos, considerados por ésta como beneficios sociales, lo que les otorgaba carácter no remunerativo.

Ello permitió excluir durante años al valor de los mismos del régimen de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social, del cálculo de indemnizaciones por despido, del sueldo anual complementario, del pago de vacaciones no gozadas y de cualquier otro rubro que integre al salario.

Todas aquellas empresas que a la fecha de vigencia de la norma estuvieran concediendo estos beneficios, deberán mantenerlos, los que irán adquiriendo carácter remuneratorio en forma escalonada y progresiva a razón de un 10% de su valor pecuniario por bimestre, conservando, mientras tanto, la diferencia, el carácter no remuneratorio hasta su completa integración con el salario.

Esa relación entre los vales de alimentos y el contrato de trabajo, ha generado que en forma reiterada la “Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT” reclame a nuestro país, que tales conceptos deben estar incluidos en la remuneración, en el sentido del artículo 1º del convenio 95 de la OIT sobre la protección del salario.

En conclusión, a partir de la puesta en marcha de esta nueva ley, el proceso paulatino de cambio de los tickets por dinero en efectivo podrá llevar aproximadamente 20 meses, o casi dos años.

Autor: Sin uso 4

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